Si eres de los que sueña con salir a conocer las maravillas del mundo, el primer paso para cumplir ese sueño es tramitar tu pasaporte, y aquí te enseñamos cómo hacerlo.
El pasaporte es el documento oficial que acredita la identidad y la nacionalidad de una persona ante el mundo. No debe confundirse con la VISA, la cual es una autorización condicionada que otorga un país a un ciudadano extranjero para entrar y permanecer temporalmente en su territorio, siempre y cuando cumpla con los requisitos migratorios y/o de visa del país al que viajes. Algunos países exigen VISA a los mexicanos, mientras que otros no, en ambos casos el pasaporte es esencial.

¿Vas a tramitar tu pasaporte en México por primera vez?
Lo primero que debes saber es que todo el trámite se hace con cita previa en alguna de las oficinas de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE).
Para pedir la cita puedes hacer un pre-registro en línea o llamar a la línea gratuita nacional 01800 8010 773 *(Recuerda que por ningún motivo te deben cobrar la asignación de la cita).
La entrega de documentos se hará el mismo día. Ninguno de estos servicios se tramitan por correo.

50% de descuento para personas:
* Mayores de 60 años
* Con discapacidad (deberán presentar comprobante médico de institución pública de salud o seguro social)

* RENOVACIÓN: Pasaportes expedidos en territorio nacional antes del año 1995 y, pasaportes expedidos en las oficinas consulares antes del año 2006, se hará el trámite como primera vez.
Nota: Se requieren los originales de todos los documentos que presente. Imprime los requisitos en formato pdf

1. Acta de Nacimiento: certificada por el Registro Civil, no se aceptan actas enmicadas, enmendadas, alteradas y/o mutiladas. (En caso de ser extemporánea). El acta original se devuelve

2. Identificación Oficial con fotografía: Deberá tener el nombre completo del interesado tal y como aparece en el acta de nacimiento. Las identificaciones que se aceptan son:


3. Comprobante de Domicilio: Se aceptan recibos de renta, luz, agua, teléfono, cuenta de banco, seguro del auto, correspondencia o comprobantes de paquetería, etc. Si va a tramitar Matrícula Consular el recibo deberá estar a su nombre ó presentar un comprobante que especifique que el interesado reside y recibe correspondencia en esa dirección.

4. Permiso OP7 (solo para menores de edad): Tanto para el trámite por primera vez como para la renovación ya sea del pasaporte o de la Matrícula Consular es indispensable que se presenten ambos padres, con identificación oficial con el nombre completo tal cual aparece en el acta de nacimiento del menor. La forma se proporcionará en las oficinas del Consulado. En el caso de que uno o ambos padres no vivan con el menor tramitar autorización en el Consulado o delegación de la SRE que le corresponda.

5. Acta de Matrimonio: Solo si desea que en su documento aparezca el apellido de casada. Si se casó fuera de Mexico o los Estados Unidos, su acta deberá estar legalizada o apostillarla. Más información haga clic aquí

6. Pasaporte anterior para renovación: Si el pasaporte que va a renovar fue expedido con “observaciones”, deberá de cumplir con la condición/es señalada/s para poder renovarlo*
RENOVACIÓN: Pasaportes expedidos en territorio nacional antes del año 1995 y, pasaportes expedidos en las oficinas consulares antes del año 2006, se hará el trámite como primera vez.
¡Ayúdalos a mejorar el servicio!, ve preparado con todos los requisitos.
TRAMITE OP7 (Autorización para menores de edad)
¿Qué hacer en caso de que un menor o incapacitado no vaya acompañado de ambos padres?.
Solicitar a la madre o al padre (o ambos, según sea el caso), cuando ellos viven en un lugar distinto al del menor, que vayan al Consulado más cercano (Estados Unidos), o al lugar donde tramiten sus pasaportes en México (Delegaciones de la S.R.E.: Secretaría de Relaciones Exteriores), acompañados de una copia tamaño carta del acta de nacimiento del menor al cual le van a tramitar el pasaporte y llevar una identificación oficial vigente (de los padres) con el fin de dar la autorización con la forma OP7.
Para confirmar si ya se recibió la OP7, llama al Consulado después de 3 días hábiles. Los teléfonos: (248) 336-0320 extensiones 18, 27, 38, 28 o 21. Llama entre 8:00 AM y 5.00 PM.
Una vez que hayan realizado ese trámite, el consulado o delegación de la SRE lo envía por fax o correo electrónico directo al consulado correspondiente. Esto significa que los padres no tienen que enviar el permiso, ya que el Consulado o Delegación S.R.E. a la que fueron se encarga de hacer todo el trámite.
ACTA DE NACIMIENTO EXTEMPORÁNEA
El registro de nacimiento se considera como Extemporáneo cuando fue efectuado después del tiempo que marca el reglamento de Pasaportes de la SRE. Determine si su acta es extemporánea, cheque la siguiente tabla:

Las Actas de Nacimiento cuyo registro sea extemporáneo, además de presentar los requisitos para hombres o mujeres mayores de 18 años o menores de edad, deberán presentar solo uno de los siguientes documentos:
* Copia certificada del acta de matrimonio de los padres, expedida por la oficina del registro civil mexicano, si éstos contrajeron matrimonio en territorio nacional antes del nacimiento del solicitante;
* Copia certificada del acta de nacimiento del padre o madre mexicano, expedida por la oficina del registro civil mexicano, si fueron registrados dentro de los tres años posteriores al nacimiento;
* Copia certificada del acta de nacimiento de un hermano mayor, expedida por la oficina del registro civil mexicano, siempre y cuando éste haya nacido en territorio nacional y registrado dentro de los tres años posteriores al nacimiento.
* Documento expedido por la autoridad migratoria de la fecha de internación al país de la madre extranjera, si ésta ocurrió antes de la fecha de nacimiento del interesado.
¿A dónde te irás después de tramitar tu pasaporte?

Leave a Comment